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El fiscal Núñez explicó que el acuerdo de juicio abreviado contra Ojeda “no incluye el delito por el cual se encuentra acusado en Buenos Aires”

El pasado jueves 14 de marzo, se llevó a cabo la audiencia de juicio abreviado contra el médico Sergio Daniel Ojeda y las enfermeras Alba Zarate y Romina Duraez. Ojeda está acusado de siete hechos e imputado por los delitos de homicidio imprudente, lesiones gravísimas imprudentes, lesiones graves dolosas y lesiones graves culposas. En cambio, a Zarate y Duraez se las acusa del delito de homicidio imprudente.

En la audiencia, Sergio Daniel Ojeda y las enfermeras Alba Zarate y Romina Duraez reconocieron ante la vocal Clara Mondragón, los hechos que se les imputaban y aceptaron la pena que fue acordada por el fiscal Martín Núñez, y los abogados defensores José Legarreta (Ojeda), Joaquín Garaycoechea (Zárate) y Rafael Briceño (Duraez).

De esta manera, Ojeda será condenado a 8 años de prisión y 16 años de inhabilitación para ejercer como médico, mientras que Duraez y Zárate recibirán una pena de 3 años de ejecución condicional y 6 años para ejercer como enfermeras.

Tanto Ojeda, Duraez y Zárate están acusados por la muerte de la paciente uruguaya Iris Amaro, ocurrida en febrero del 2019 luego de realizarse una intervención estética en la clínica del mencionado médico. Además, a Ojeda se le imputan otros seis hechos causados sobre cinco víctimas en total.

Sobre la condena que recaerá sobre las tres personas, el fiscal Martín Núñez, quien llevó adelante la investigación, detalló a Concordia Policiales cómo se llegó al acuerdo de juicio abreviado.

“Llegamos  a esta instancia como una salida alternativa al juicio procurado que estaba previsto iniciar próximamente. El sistema prevé que si las partes llegan a un acuerdo sobre el derecho, la calificación legal y la pena, se pueda presentar ante el juez de juicio para que lo homologue o no”, es decir,” si cree que está todo dentro de la ley, lo homologa  o no”, señaló el fiscal Núñez.

Asimismo, dijo que el juicio abreviado “fue un acuerdo consensuado, le fue explicado tanto a las víctimas, a los imputados y a los abogados defensores”. De esta manera, “el punto de ese acuerdo es la pena de 8 años de prisión y 16 años de inhabilitación para ejercer la medicina para Sergio Daniel Ojeda y de 3 años de prisión de ejecución condicional con la prohibición por 6 años de ejercer la enfermería para las dos enfermeras”.

Por otra parte, el representante del Ministerio Público Fiscal explicó el por qué de las diferencias en las condenas que recaerán sobre los imputados, diciendo que “la diferencia que tienen en estas penas tiene que ver con el grado de responsabilidad que tiene el médico y las enfermeras, en un acto médico”.

Mientras que la otra diferencia radica “en la cantidad de hechos que tenía Ojeda, que eran 7 hechos, contra un hecho que tenían las enfermeras sumado a que además no tenían antecedentes penales”, indicó el Dr. Núñez.

Por último, el fiscal resaltó que el  acuerdo de juicio abreviado alcanzado, “no incluye, por supuesto, el delito por el cual se encuentra también con prisión preventiva y acusado en la Ciudad de Buenos Aires, que eso deberá resolverse con posterioridad en esa jurisdicción”.

Vale recordar que a mediados del 2022, una paciente peruana de 45 años acudió a Ojeda para realizarse una liposucción. El procedimiento se realizó en un departamento no habilitado como centro médico en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A raíz de esa intervención, la mujer falleció y al médico se le imputó este nuevo homicidio. La causa tramita en el Juzgado Nacional Criminal y Correccional N°. 45, a cargo de la Jueza Ángeles Mariana Gómez Maiorano.

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