![](https://concordiapoliciales.com/wp-content/uploads/2024/12/goyeneche_13.jpg)
La Corte Suprema anuló la destitución de la fiscal de Entre Ríos que acusó al ex gobernador Uribarri por corrupción
“Se declara admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada”. Tal lo que expresa en sus últimos párrafos el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa caratulada “Goyeneche, Cecilia Andrea s/ recurso extraordinario de inconstitucionalidad”.
La resolución de la Corte implica un durísimo revés para el Jury que destituyó a Goyeneche, lo mismo que para el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que lo avaló. A la par, abre el camino para una eventual restitución en el cargo de Procuradora Adjunta.
“La gravedad de los vicios vinculados con las integraciones del órgano juzgador en sus diferentes etapas y del órgano acusador son suficientes para tener por acreditado un grave menoscabo a las reglas del debido proceso y a la garantía de defensa en juicio de la recurrente que, a su vez, exhibe entidad suficiente para variar la suerte de la causa y acarrear la nulidad del procedimiento a partir de la conformación del primer órgano juzgador”, sostiene la Corte, en una lapidaria crítica respecto de lo actuado en el ámbito provincial.
En 32 páginas, el fallo de la Corte Suprema de la Nación incluye críticas explícitas a la actuación del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.
Por ejemplo, la Corte no duda en considerar “llamativo el celo que exhibe el superior tribunal (de Entre Ríos) por intentar asegurar la imparcialidad del órgano acusador -que, en su visión, se encontraba afectada en beneficio de la magistrada enjuiciada, a pesar de lo dispuesto por la normativa aplicable que aventaba ese riesgo-; celo que contrasta claramente con el modo completamente dogmático y desentendido de los principios constitucionales en el que abordó los planteos que, en orden a la imparcialidad tanto del órgano acusador como del juzgador, había formulado sobre bases serias la recurrente (Cecilia Goyeneche). Esta asimetría en el tratamiento de las cuestiones vinculadas a la imparcialidad con que deben ser conducidos este tipo de procedimientos resulta, naturalmente, inadmisible y es una muestra más de los graves defectos que descalifican lo decidido”.
Cecilia Goyeneche, quien como procuradora adjunta tuvo un rol fundamental en la investigación de causas resonantes de corrupción que derivaron en condenas a máximos dirigentes de la política entrerriana, fue apartada de su cargo en mayo de 2022, a través de un Jury.
Por entonces, Goyeneche había pasado de acusadora a acusada por supuesto “mal desempeño”. Se le reprochó no haberse excusado a tiempo de la investigación de los contratos truchos de la legislatura entrerriana, debido a la presunta relación con uno de los imputados de la causa, Pedro Opromolla, el contador jefe del estudio donde se habrían procesado los fondos malhabidos.
Goyeneche recurrió tanto ante el Jury como al Superior Tribunal para negar la acusación y exigir un proceso justo que respete sus garantías a la defensa en juicio. Su lucha por revertir la destitución acaba de rendir sus frutos, más de dos años después. La Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio la razón.
Por unanimidad, el máximo tribunal hizo lugar al recurso extraordinario de Cecilia Goyeneche, y revocó una sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la provincia
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la destitución por mal desempeño de Cecilia Goyeneche, la fiscal anticorrupción de Entre Ríos, Cecilia Goyeneche, que investigó la causa en la que se condenó a 8 años de prisión al ex gobernador entrerriano Sergio Urribarri. Por unanimidad, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti revocaron la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la provincia y declararon la nulidad de todo lo actuado desde que se confirmó un jury para sacarla de su cargo.
Para la Corte, estos vicios afectaron seriamente las reglas del debido proceso y la garantía de defensa en juicio y, por tanto, eran suficientes para acarrear la nulidad del juicio político seguido en su contra. El fallo, no obstante, aclaró que eso no implicaba adentrarse en los hechos que motivaron las acusaciones contra la fiscal.
Cecilia Goyeneche era la Procuradora Adjunta de Entre Ríos y había intervenido en varias causas de alto voltaje político porque salpicaba a circuitos de corrupción. El llamado caso de los “Contratos de la Legislatura” provincial reveló un entramado para extraer del Estado vía contratos de locación ingentes recursos públicos todos los meses durante años y que implicó sumas millonarias. Formó parte de los fiscales que investigaron al exgobernador Urribarri, condenado más tarde a ocho años de prisión.
Pero la fiscal pasó ser acusada a fines de 2021. Le imputaron “mal desempeño” por no haberse excusado a tiempo de la investigación. El eje de la acusación contra Goyeneche apuntó a la relación que ella y su esposo, el contador Sebastián Orlando Bertozzi, tenían con Pedro Opromolla, uno de los principales imputados en la causa “Contratos” que investiga el desvío de fondos de la Legislatura para financiar la política. La ex fiscal llegó a tener dos propiedades en codominio con el contador Opromolla. Uno había sido vendido, aunque la transferencia no había quedado registrada.
Sin suerte, Goyeneche recurrió tanto ante el Jury como al Superior Tribunal para negar la acusación y exigir un proceso justo que respete sus garantías a la defensa en juicio. Hasta la Corte Suprema de Justicia, en una decisión urgente, le ordenó a la Justicia de Entre Ríos que escuche a la fiscal. “Seguramente hemos molestado muchísimo”, dijo Goyeneche en ese momento. Su imagen apareció en los medios nacionales.
En mayo del 2022, Goyeneche fue destituida por cinco votos a dos. La fiscal acusada afirmó: “Lo que hicieron da asco”. Según afirmó, se trató de una “venganza política” y “una reacción del sistema” para evitar que volvieran a suceder investigaciones al poder, como sucedió en Entre Ríos: “Se está pensando en cauterizar la situación para que no vuelvan a realizarse investigaciones de corrupción con esa fuerza”.
Goyeneche fue a la Corte Suprema con dos planteos: por un lado, un amparo contra el Tribunal de Enjuiciamiento que la juzgó porque allí se designó como acusador a un abogado que no es fiscal. Por otro lado, el per saltum para que el máximo tribunal tome el caso y la devuelva a su cargo. La exfuncionaria planteó sus sospechas por las decisiones del Superior Tribunal provincial y por eso quería que el caso fuera analizado de manera directa por el máximo tribunal de la Nación.
A fines de abril, la Corte Suprema de Justicia activó la causa que analiza qué pasó con la fiscal anticorrupción. Los ministros del máximo tribunal decidieron pedir al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos la causa principal para analizar todo el caso que involucra a Goyeneche y, con eso, correr traslado a la Procuración General para que el jefe interino de los fiscales se pronuncie.
A fines de junio, el jefe de los fiscales, Eduardo Casal, pidió la nulidad de la sentencia que validó el jury. Según Casal, no se advierte la existencia de un “caso difícil” ni una “laguna legal”. Tampoco parece razonable deducir que, ante la peculiar situación de encontrarse denunciadas las dos máximas autoridades del Ministerio Público, un abogado de la lista de conjueces pueda ser designado a fin de reemplazar al órgano acusador ante el jurado de enjuiciamiento. Debió haber sido alguien del Ministerio Público. Las normas no pueden ser soslayadas “sin producir un grave menoscabo a la garantía constitucional del debido proceso”.